ESTABLECE DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS PROVENIENTES DE LAS PATENTES DE AMPARO DE CONCESIONES MINERAS, A QUE SE REFIEREN LOS PÁRRAFOS 1º Y 2º DEL TÍTULO X DEL CÓDIGO DE MINERÍA.
DIVIDE JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS DE CONCEPCIÓN Y TALCAHUANO Y CREA EL CUARTO JUZGADO DEL CRIMEN DE CONCEPCIÓN.
MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 1988, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 1989, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ESTABLECE NORMAS SOBRE PERTENENCIAS MINERAS DE CODELCO-CHILE QUE NO FORMAN PARTE DE YACIMIENTOS EN ACTUAL EXPLOTACIÓN.
DECLARA APLICABLES A LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA DEFENSA NACIONAL Y A LA DIRECCIÓN DE PREVISIÓN DE CARABINEROS DE CHILE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE INDICA.
INTERPRETA ARTÍCULO 7º DEL DECRETO LEY Nº 3.058, DE 1979, Y MODIFICA OTRAS DISPOSICIONES DEL MISMO Y DE LA LEY Nº 18.863, SOBRE REMUNERACIONES DEL PODER JUDICIAL.
INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY Nº 17.729, SOBRE PROTECCIÓN DE INDÍGENAS.