FACULTA AL DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORAL PARA MODIFICAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS INSCRIPTORAS.
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA DESIGNAR MINISTROS DE CORTE DE APELACIONES REEMPLAZANTES.
ESTABLECE NORMAS RESPECTO DEL PERSONAL QUE SEÑALA DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR QUE INDICA, QUE HUBIEREN CESADO EN FUNCIONES EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 113 DE LA LEY Nº 18.768.
REAJUSTA REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO Y DICTA OTRAS NORMAS DE CARÁCTER PECUNIARIO.
ESTABLECE NORMAS SOBRE CONTRATACIÓN DE PERSONAL QUE SEÑALA POR EL SERVICIO NACIONAL DE MENORES.
ESTABLECE NORMAS SOBRE OTORGAMIENTO DE CERTIFICADOS DE NACIMIENTO PARA FINES QUE INDICA.
MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1.791, DE 1979, Y DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 9, DE 1990, AMBOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.
AMPLÍA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2º TRANSITORIO DE LA LEY Nº 18.893.