Leyes de la República




MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO
LEY NÚM. 20.814

PRORROGA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA OBLIGACIÓN DE INSTALAR DISPOSITIVOS DE POSICIONAMIENTO AUTOMÁTICO EN EL MAR, RESPECTO DE EMBARCACIONES PESQUERAS ARTESANALES

          Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en moción de los diputados señores Jorge Ulloa Aguillón, Bernardo Berger Fett, Iván Flores García e Iván Norambuena Farías, y de las diputadas señoras María José Hoffmann Opazo, Andrea Molina Oliva y Clemira Pacheco Rivas
      Proyecto de ley:

          "Artículo único.- Prorrógase, por única vez, el plazo para hacer exigible la obligación establecida en el artículo 64 B de la Ley General de Pesca y Acuicultura, para las embarcaciones artesanales, hasta el 9 de agosto de 2015, inclusive.".

          Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

          Santiago, 30 de enero de 2015.- RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO, Vicepresidente de la República.- Luis Felipe Céspedes Cifuentes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.

          Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.