
Leyes de la República
Actualidad Jurídica Base de Datos del Diario Digital MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO LEY NÚM. 20.714 Teniendo presente que el H.
Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley, de origen en moción de la
señora diputada Carolina Goic Boroevic y de los señores diputados Gabriel Ascencio
Mansilla, Miodrag Marinovic Solo de Zaldívar, David Sandoval Plaza y Pedro Velásquez
Seguel. "Artículo único.-
Incorpórase en la ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, contenida en el
artículo primero de la ley Nº 19.925, a continuación del artículo transitorio, que
pasa a ser artículo primero transitorio, el siguiente artículo: Artículo transitorio.- Las patentes de las letras A y H del artículo 3º de la ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, contenida en el artículo primero de la ley Nº 19.925, de las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena, que hayan sido trasladadas entre la entrada en vigencia de la referida ley y el 15 de agosto de 2013, se podrán acoger a la excepción que contempla el artículo segundo transitorio de dicho cuerpo legal.". Y por cuanto he tenido a bien
aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la
República. |