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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
LEY NÚM. 20.704 ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL
Teniendo presente que el H.
Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en
mociones refundidas de los señores diputados Alberto Robles Pantoja, Germán Becker
Alvear, Juan Luis Castro González, Ramón Farías Ponce, Gustavo Hasbún Selume, Juan
Carlos Latorre Carmona, Iván Moreira Barros, Víctor Torres Jeldes, Ignacio Urrutia
Bonilla, Enrique Van Rysselberghe Herrera y René Manuel García García, y de las
señoras diputadas María José Hoffmann Opazo, Andrea Molina Oliva y Marcela Sabat
Fernández
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.-
Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N° 19.302 por el
siguiente:
"A partir de los ciento veinte días de la entrada en
vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la
telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y
progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente
norma técnica; proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de ciento
ochenta días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se
considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley Nº
18.168.".
Artículo 2°.-
Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.168, General de
Telecomunicaciones:
1) En el artículo 3°, letra e), después de las palabras
"larga distancia" agrégase el vocablo "internacional".
2) En el artículo 24 bis:
a) En el inciso primero, suprímense los vocablos
"nacional e" y la coma que les precede, y después de las palabras "larga
distancia", la segunda vez que aparecen, incorpórase la palabra
"internacional".
b) En el inciso segundo, después de las palabras
"larga distancia", incorpórase el vocablo "internacional".
c) En el inciso tercero, suprímense los vocablos
"nacional o" y la coma que les precede.
d) En el inciso cuarto, después de las palabras "larga
distancia", incorpórase el vocablo "internacional".
e) En el inciso quinto, después de las palabras "larga
distancia", incorpórase el vocablo "internacional".
f) En el inciso sexto, después de las palabras "larga
distancia", incorpórase el vocablo "internacional".
g) En el inciso séptimo, suprímense los vocablos
"nacional e" y la coma que les precede.
h) En el inciso octavo, después de las palabras "larga
distancia", incorpórase el vocablo "internacional".
i) En el inciso noveno, después de las palabras "larga
distancia", incorpórase el vocablo "internacional".
j) En el inciso décimo, después de las palabras
"larga distancia", las dos veces que aparecen, incorpórase el vocablo
"internacional".
3) En el artículo 26:
a) Suprímense los incisos segundo y cuarto.
b) En el inciso tercero, después de las palabras
"larga distancia", la primera vez que aparecen, incorpórase la palabra
"internacional", y sustitúyense los vocablos "nacionales e
internacionales" por la palabra "internacional".
c) En el inciso quinto, sustitúyese la coma después de la
palabra "permiso" por la letra "y", y elimínase la expresión "y
sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo".
d) En el inciso final sustitúyese la frase "que exceda
una zona primaria" por la frase "que exceda el territorio nacional", e
intercálase entre la palabra "distancia" y la preposición "para" la
palabra "internacional".
4) En el artículo 29, inciso segundo, suprímense los
vocablos "nacional e".
Artículo 3°.- Esta ley
comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las
normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional
comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme
a lo establecido en el artículo 1°.".
Y por cuanto he tenido a bien
aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la
República.
Santiago, 29 de octubre de 2013.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de
Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente
a Ud., Jorge Molina Osorio, Subsecretario de Telecomunicaciones Subrogante.
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