MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
LEY NÚM. 20.644 REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE UN MECANISMO TRANSITORIO PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS REGIONALES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley
Proyecto de Reforma Constitucional:
"Artículo único.- Incorpórase, en la Constitución
Política de la República, la siguiente disposición vigésimo sexta transitoria, nueva:
"VIGESIMOSEXTA. Prorrógase el mandato de los consejeros regionales en ejercicio
a la fecha de publicación de la presente reforma constitucional, y el de sus respectivos
suplentes, hasta el 11 de marzo del año 2014.
La primera elección por sufragio universal en votación directa de los consejeros
regionales a que se refiere el inciso segundo del artículo 113 se realizará en conjunto
con las elecciones de Presidente de la República y Parlamentarios, el día 17 de
noviembre del año 2013.
Para este efecto, las adecuaciones a la ley orgánica constitucional respectiva
deberán entrar en vigencia antes del 20 de julio del año 2013.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese, llévese a efecto como Ley de la República y ténganse por incorporadas sus
disposiciones a la Constitución Política de la República, de conformidad con lo
dispuesto en el inciso final del Artículo 129 de este cuerpo constitucional.
Santiago, 14 de diciembre de 2012.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la
República.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.-
Cristián Larroulet Vignau, Ministro Secretario General de la Presidencia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Miguel Luis Flores
Vargas, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
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