
Leyes de la República
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA LEY NÚM. 20.619 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Ley originado en una moción de los Honorables Senadores señores Alejandro Navarro Brain, Víctor Pérez Varela, Jaime Quintana Leal, Mariano Ruiz-Esquide Jara y Hosaín Sabag Castillo. "Artículo 1°.- Autorízase erigir, en la comuna de Lebu, un monumento en memoria del destacado poeta Gonzalo Rojas Pizarro. Artículo 2°.- La obra se financiará con erogaciones populares, obtenidas mediante colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se establece en el artículo 4°. Artículo 3°.- Créase un fondo destinado a las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente. Artículo 4°.- Créase una comisión especial encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, integrada por los miembros ad-honorem que se indican a continuación: Artículo 5°.- La comisión especial que se crea tendrá las siguientes funciones: Artículo 6°.- La obra deberá ejecutarse en el plazo de 10 años, contado desde la publicación de esta ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiere ejecutado, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficiencia que la comisión establezca. Artículo 7°.- Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin específico que la comisión especial determine.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |