Leyes de la República




MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SUBSECRETARIA DEL TRABAJO

LEY NÚM. 20.538
DECLARA FERIADO IRRENUNCIABLE EL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2011

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en Mensaje y Moción, refundidos, esta última de los Diputados señores Osvaldo Andrade, Pedro Browne, señora Carolina Goic, Nicolás Monckeberg, señora Adriana Muñoz, René Saffirio, señora Ximena Vidal y Carlos Vilches.
     Proyecto de ley:

     "Artículo único.- El día 19 de septiembre de 2011 será feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores dependientes del comercio, con la excepción de aquellos señalados en el artículo 2° de la ley N° 19.973.
     Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas en conformidad al inciso segundo del artículo 2° de la mencionada ley.".

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     Santiago, 14 de septiembre de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Bruno Baranda Ferrán, Ministro del Trabajo y Previsión Social (S).
     Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Augusto Iglesias Palau, Subsecretario del Trabajo (S).