Leyes de la República




MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA

LEY NÚM. 20.533
MODIFICA EL CÓDIGO SANITARIO, CON EL OBJETO DE FACULTAR A LAS MATRONAS PARA RECETAR ANTICONCEPTIVOS

     Teniendo presente que el H. Congreso ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción de la Diputada señora Carolina Goic Boroevic y de los Diputados señores Pablo Lorenzini Basso; Marco Antonio Núñez Lozano; Víctor Torres Jeldes, y Matías Walker Prieto.
     Proyecto de ley:

     "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 117 del Código Sanitario:
     a) Intercálase, en el inciso primero, entre las expresiones "planificación familiar" y la conjunción "y" la expresión ", la salud sexual y reproductiva".
     b) Reemplázase, en el inciso segundo, la expresión "aquellas curaciones" por "aquellos procedimientos".
     c) Reemplázase el inciso tercero, por el siguiente:
     "Podrán indicar, usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales y, en relación con la planificación familiar y la regulación de la fertilidad, prescribir métodos anticonceptivos, tanto hormonales -incluyendo anticonceptivos de emergencia- como no hormonales, y desarrollar procedimientos anticonceptivos que no impliquen uso de técnicas quirúrgicas, todo ello en conformidad a la ley Nº 20.418.".".

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     Santiago, 5 de septiembre de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Jaime Mañalich Muxi, Ministro de Salud.
     Transcribo para su conocimiento Ley Nº 20.533.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Díaz Anaiz, Subsecretario de Salud Pública.