MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
LEY NÚM. 20.503 REFORMA CONSTITUCIONAL RELATIVO A LA SUPERVIGILANCIA Y CONTROL DE ARMAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción de la Diputada señora
Soledad Alvear Valenzuela y señores Jorge Pizarro Soto y Hosaín Sabag Castillo.
Proyecto de Reforma Constitucional:
"Artículo único.- Sustitúyese el inciso segundo del
artículo 103 de la Constitución Política de la República por el siguiente:
"Una ley determinará el Ministerio o los órganos de su dependencia que
ejercerán la supervigilancia y el control de las armas. Asimismo, establecerá los
órganos públicos encargados de fiscalizar el cumplimiento de las normas relativas a
dicho control.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 13 de abril de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la
República.- Andrés Allamand Zavala, Ministro de Defensa Nacional.- Rodrigo Hinzpeter
Kirberg, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Cristián Larroulet Vignau, Ministro
Secretario General de la Presidencia.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para
las Fuerzas Armadas.
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