Leyes de la República
MINISTERIO DE JUSTICIA LEY NÚM. 20.408 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente "Artículo único.- Sustitúyese en el inciso quinto del artículo 5° transitorio de la ley N° 19.665, el guarismo "2010" por el siguiente: "2011". Artículo transitorio.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley durante el año 2010, se financiará con los recursos contemplados en la Partida 03, Poder Judicial, del Presupuesto del Sector Público vigente.". Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del
Artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien
aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la
República. |