MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
LEY NÚM. 20.354 REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA LA FECHA DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente
Proyecto de Reforma Constitucional:
"Artículo único.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en la Constitución Política de la República:
a) Agrégase en el final del inciso primero del artículo 26, sustituyendo el punto
aparte (.) por una coma (,) lo siguiente:
"si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará
el domingo inmediatamente siguiente.".
b) Sustitúyese el inciso tercero del artículo 27, por el siguiente:
"El Congreso Pleno, reunido en sesión pública el día en que deba cesar en su
cargo el Presidente en funciones y con los miembros que asistan, tomará conocimiento de
la resolución en virtud de la cual el Tribunal Calificador de Elecciones proclama al
Presidente electo.".
c) Intercálase en el inciso segundo del artículo 28, a continuación del punto
seguido (.) que sigue a las expresiones "Ley de Elecciones", lo siguiente:
"La elección deberá efectuarse en un día domingo.".
d) Intercálase en el inciso cuarto del artículo 29, a continuación de la
expresión "convocatoria", sustituyendo el punto seguido (.) por una coma (,),
lo siguiente:
"si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará
el domingo inmediatamente siguiente.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese, llévese a efecto como Ley de la República y ténganse por incorporadas sus
disposiciones a la Constitución Política de la República, de conformidad con lo
dispuesto en el inciso final del Artículo 129 de este cuerpo constitucional.
Santiago, 5 de junio de 2009.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.-
Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Patricio Rosende
Lynch, Subsecretario del Interior.
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