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Leyes de la República
MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NÚM. 20.350 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una moción de los Diputados
señores Carlos Recondo Lavanderos, Sergio Correa De la Cerda, Javier Hernández
Hernández, Juan Masferrer Pellizzari, Manuel Rojas Molina y Gastón Von Mühlenbrock
Zamora. "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso, en memoria de S.S. Juan Pablo II. Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones
populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Artículo 3º.- Autorízase la creación de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente. Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada
por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará
constituida por: Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes
funciones: Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine. Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en el plazo de tres años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiese ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |