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Leyes de la República
MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NÚM. 20.312 Teniendo presente que el H. Congreso
Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción del
Honorable Senador señor Jaime Naranjo Ortiz. "Artículo 1°.- Autorízase erigir en la ciudad de Santiago, un monumento en memoria de las víctimas del Holocausto ocurrido durante la Segunda Guerra Mundial. Artículo 2°.- La obra se financiará mediante erogaciones populares por medio de colectas públicas, donaciones y aportes de privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la Comisión Especial que establece el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior. Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior. Artículo 4°.- Créase una
Comisión Especial, integrada por miembros ad honórem, encargada de ejecutar los
objetivos de esta ley, la que estará constituida por: Artículo 5°.- La Comisión
Especial a que se refiere el artículo anterior, tendrá las siguientes funciones: Artículo 6°.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la Comisión determine.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |