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Leyes de la República
MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NÚM. 20.294 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en moción de los Diputados señores Enrique Jaramillo Becker, Enrique Accorsi Opazo, Guillermo Ceroni Fuentes, Alfonso De Urresti Longton, Roberto Delmastro Naso, Antonio Leal Labrín, Jaime Quintana Leal, y de las Diputadas señoras Adriana Muñoz DAlbora, María Antonieta Saa Díaz y Laura Soto González.
"Artículo único.- Reemplázase, en los artículos 1º y 2º de la ley Nº 20.174, la frase "de Ranco" por "del Ranco".". Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Tribunal Constitucional
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto del artículo único del mismo; y que por sentencia de 9 de septiembre de 2008 en los autos Rol Nº 1.224-08-CPR.
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