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Leyes de la República
MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NÚM. 20.274 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de los
Diputados señores Roberto Sepúlveda Hermosilla y Francisco Chahuán Chahuán y la
Diputada señora Marta Isasi Barbieri "Artículo 1°.- Autorízase erigir tres monumentos en memoria de las víctimas de la masacre ocurrida el día 21 de diciembre de 1907, en la Escuela Santa María de Iquique, los que se emplazarán en las ciudades de Iquique, Santiago y Valparaíso. Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se establece en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior. Artículo 3°.- Créase un fondo destinado a las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente. Artículo 4°.- Créase una comisión especial,
integrada por once miembros, que desempeñarán sus funciones ad honores,
encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por: Artículo 6°.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de tres años, contado desde la publicación de la presente ley. Vencido dicho plazo sin que se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la Comisión establezca. Artículo 7°.- Si al concluir la construcción de los monumentos, resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin específico que la comisión especial determine.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo;
por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |