DO 08/02/2008 LEY 20.239 2008
MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE HACIENDA
LEY NÚM. 20.239 LIBERA DEL IMPUESTO A LA RENTA A LAS COMPENSACIONES ECONÓMICAS ORIGINADAS AL TÉRMINO DE UN MATRIMONIO Historia de la Ley
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Agrégase en el artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974, el siguiente número 31°:
"31°.- Las compensaciones económicas convenidas por los cónyuges en escritura pública, acta de avenimiento o transacción y aquellas decretadas por sentencia judicial.".
Artículo 2°.- La presente ley regirá desde la entrada en vigencia de la ley Nº 19.947, que establece una nueva Ley de Matrimonio Civil.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 29 de enero de 2008.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.- Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.- Laura Albornoz Pollmann, Ministra Directora Servicio Nacional de la Mujer.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted.- María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.
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