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Leyes de la República
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL LEY NUM. 20.164 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente "Artículo 1°.- Sustitúyese en el artículo 16 de la ley N° 20.022, el guarismo "2007" por "2008". Artículo 2°.- Sustitúyese en el artículo 1° transitorio de la ley N° 20.087, el guarismo "2007" por "2008".". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |