![homepage](https://doe.cl/images/icono-doe.png)
Leyes de la República
MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NUM. 20.144 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción del H. Senador señor
Jorge Arancibia Reyes: "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Valparaíso, en memoria del dibujante Renzo Pecchenino Raggi, "Lukas". Dicho monumento deberá guardar el espíritu del artista expresado en su obra. Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la Comisión Especial que se crea por el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior. Artículo 3º.- Créase un Fondo con el objetivo de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior. Artículo 4º.- Créase una Comisión Especial ad honorem
encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un Senador
y un Diputado, correspondientes a la Sexta Circunscripción y al Distrito 13, designados
por sus respectivas Cámaras; el Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso; el
Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales, y el Presidente de la
"Fundación Lukas". Artículo 5º.- La Comisión tendrá las siguientes
fun-ciones: Artículo 6º.- Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la Comisión Especial determine. Artículo 7º.- El monumento deberá erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubiera ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos culturales que la Comisión establezca.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |