Leyes de la República




MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES

LEY NUM. 20.122
EXIME A VEHÍCULOS INTERNADOS BAJO EL RÉGIMEN DE ZONA FRANCA DE EXTENSIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE EMISIÓN QUE INDICA

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de la Diputada señora Carolina Goic Boroevic, y de los Diputados señores René Alinco Bustos, Pablo Lorenzini Basso, Iván Paredes Fierro y Fulvio Rossi Ciocca
     Proyecto de ley:

      "Artículo único.- Incorpórase en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2001, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, sobre Zonas Francas, el siguiente artículo 34, nuevo:
     "Artículo 34.- Los vehículos usados, livianos y medianos, internados al país bajo el régimen de Zona Franca de Extensión, estarán exentos de cumplir las normas de emisión que hayan entrado en vigencia con posterioridad al 31 de mayo de 2006, cualquiera sea la fecha de su primera inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados.
     No obstante, mantendrán vigencia las franquicias aduaneras excepcionales respecto de la liberación de los vehículos mencionados en el inciso anterior.".".

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     Santiago, 11 de septiembre de 2006.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Sergio Espejo Yaksic, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Paulina Veloso Valenzuela, Ministra Secretaria General de la Presidencia.
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Danilo Núñez Izquierdo, Subsecretario de Transportes.