Leyes de la República
MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NUM. 20.081 Teniendo presente que el H. Congreso
Nacional ha dado su aprobación al siguiente "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la Plaza de Armas de la ciudad de Copiapó, en homenaje a Monseñor Fernando Ariztía Ruiz, Obispo Emérito de dicha ciudad. Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea por el artículo 4º. Artículo 3º.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior. Artículo 4º.- Créase una
comisión especial de siete miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de
esta ley, la que estará constituida por: Artículo 5º.- La comisión
especial tendrá las siguientes funciones: Artículo 6º.- Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |