Leyes de la República




MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SUBSECRETARIA DEL TRABAJO

LEY NUM. 20.069
CONCEDE ACCION PUBLICA TRATANDOSE DE INFRACCIONES A LAS NORMAS RELATIVAS AL TRABAJO DE MENORES

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
     Proyecto de ley:

     "Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso segundo en el artículo 17 del Código del Trabajo:
     "Cualquier persona podrá denunciar ante los organismos competentes las infracciones relativas al trabajo infantil de que tuviere conocimiento.".".

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     Santiago, 8 de noviembre de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Yerko Ljubetic Godoy, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
     Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Cristóbal Pascal Cheetham, Subsecretario del Trabajo.