Leyes de la República




MINISTERIO DEL INTERIOR
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO
REGIONAL Y ADMINISTRATIVO

LEY NUM. 20.041
MODIFICA EL LIMITE INTERCOMUNAL DE LAS COMUNAS DE RECOLETA Y HUECHURABA

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
     Proyecto de ley:

     "Artículo único.- Modifícase el límite intercomunal de las comunas de Recoleta y Huechuraba, fijado para ellas en el decreto con fuerza de ley N° 3-18.715, de 1989, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial el 5 de diciembre de 1989, incorporándose dentro de los límites de la comuna de Huechuraba el actual sector de la comuna de Recoleta ubicado al norte del siguiente límite:
     La avenida Américo Vespucio, desde su intersección por la avenida El Salto hasta su intersección por la perpendicular a dicha avenida del vértice formado por los linderos norte y poniente del predio rol 6065-1; dicha perpendicular, desde la avenida Américo Vespucio hasta el vértice formado por los linderos indicados del predio rol 6065-1; el lindero poniente del predio rol 6065-1, desde el vértice formado por los linderos norte y poniente del mismo predio hasta el lindero poniente del predio rol 7280-2; el lindero poniente y sur del predio rol 7280-2, desde el lindero poniente del predio rol 6065-1 hasta el lindero sur del mencionado predio rol 6065-1; el lindero sur y oriente del predio rol 6065-1, desde el lindero sur del predio rol 7280-2 hasta el lindero norte del predio rol 7280-56; y el lindero norte del predio rol 7280-56, desde el lindero oriente del predio rol 6065-1 hasta la línea de cumbres de los cerros de El Salto.".

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     Santiago, 7 de julio de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior.
     Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Adriana Delpiano Puelma, Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.