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Leyes de la República
MINISTERIO DE HACIENDA LEY NUM. 20.039 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente "Artículo 1º.- Elévase, a contar del 1 de julio de
2005, de $120.000 a $127.500 el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores
mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad. A contar del 1 de julio de 2006,
dicho monto será de $135.000. Artículo 2°.- Modifícase el inciso tercero, del artículo 8° del decreto ley N°670, de 1974, en el sentido de agregar la siguiente oración a continuación de la expresión "que no se paguen mes a mes": "y los demás que proceda pagar al extinguirse la relación contractual o que constituyan devolución de gastos en que se incurra por causa del trabajo.".". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |