MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
LEY NUM. 20.038
MODIFICA LEY GENERAL DE SERVICIOS SANITARIOS (DFL MOP Nº 382), EN MATERIA DE LICITACION DE LA PROVISION DEL SERVICIO SANITARIO DENTRO DEL LIMITE URBANO
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Modifícase el artículo 33 A del
decreto con fuerza de ley Nº 382, de 1989, del Ministerio de Obras Públicas, de la
siguiente manera:
1) Agréganse en el inciso primero, a continuación del punto final (.) que pasa a
ser coma (,), las siguientes frases: "no pudiendo excusarse de hacerlo cuando así lo
requiera el Ministro de la Vivienda y Urbanismo respecto de las áreas urbanas, fundado en
la necesidad de cumplir sus políticas, planes y programas relativos a viviendas sociales
o subsidiadas, hasta 750 unidades de fomento.".
2) Agréganse los siguientes incisos quinto y sexto, nuevos:
"Cuando la licitación la solicite el Ministerio de Vivienda y Urbanismo
conforme al inciso primero, el llamado a propuesta se realizará dentro del plazo de seis
meses, pudiendo prorrogarse por otro período igual o menor, mediante resolución fundada
de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
En ese caso, la Superintendencia podrá establecer en las respectivas bases que
determinadas obras referidas al área que se licita serán consideradas como aportes de
terceros o no reembolsables. Dichos aportes se incluirán en el decreto de otorgamiento de
la respectiva concesión.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 30 de junio de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-
Jaime Estévez Valencia, Ministro de Obras Públicas.- Sonia Tschorne Berestesky, Ministra
de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Pablo
Piñera Echenique, Subsecretario de Obras Públicas.
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