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Leyes de la República
MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION LEY NUM. 20.037 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente "Artículo único.- Suspéndese la vigencia del
artículo 50 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que establece la institución del
reemplazo de inscripciones en el Registro Pesquero Artesanal por el plazo de treinta días
corridos a contar de la publicación de esta ley. Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |