MINISTERIO DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE HACIENDA
LEY NUM. 20.002
PRORROGA LA VIGENCIA DE LOS AVALUOS DE LOS BIENES RAICES NO AGRICOLAS Y DEL MECANISMO
DE COMPENSACION DE LO PREVISTO EN LA LEY Nº 19.850
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Prorrógase la vigencia de los
avalúos de los bienes raíces no agrícolas de todo el país vigentes al 31 de diciembre
del año 2004, hasta el 31 de diciembre del año 2005; y fíjase la entrada en vigencia
del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas a contar del 1 de enero del año 2006.
Los avalúos señalados en el inciso anterior, considerando las modificaciones a que
se refiere la ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, ocurridas hasta la respectiva
entrada en vigencia del reavalúo, se reajustarán, a contar del 1 de enero del 2006, en
la forma prevista en el artículo 9° de la citada ley.
Artículo 2°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de
2005, el mecanismo de compensación contemplado en la ley N° 19.850, destinado a cubrir
los menores ingresos municipales que se produzcan por aplicación de los coeficientes de
distribución del Fondo Común Municipal, calculados para el trienio 2003-2005.
El mecanismo de compensación que por el presente cuerpo legal se prorroga, se
aplicará, durante el año 2005, en los mismos términos y condiciones establecidos en la
citada ley N° 19.850.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 28 de enero de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-
Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro
del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María
Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.
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