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Leyes de la República
MINISTERIO DE EDUCACION LEY NUM. 19.997 Teniendo presente que el H. Congreso
Nacional ha dado su aprobación al siguiente "Artículo único: Sustitúyese en el artículo 1º transitorio de la ley Nº19.961, la expresión "b) y c)" por "c) y d)".". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |