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Leyes de la República
MINISTERIO DE JUSTICIA LEY NUM. 19.991 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente "Artículo único.- Introdúcese, en el artículo 315
del Código Orgánico de Tribunales, el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual
inciso tercero a ser inciso cuarto: Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del
artículo 82 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien
aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la
República.
Tribunal Constitucional El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe,
certifica que el Honorable Senado envió el proyecto de ley enunciado en el rubro,
aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de su
constitucionalidad, y por sentencia de 7 de diciembre de 2004, dictada en los autos Rol
Nº 431, declaró que el artículo único del proyecto remitido es constitucional. |