Leyes de la República




MINISTERIO DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE HACIENDA

LEY NUM. 19.956
REAJUSTA MONTO DE INGRESO MINIMO MENSUAL

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:
     Proyecto de ley:

      "Artículo único.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2004, de $115.648 a $120.000 el monto de ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.
     Elévase, a contar del 1 de julio de 2004, de $87.051 a $90.327 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.
     Elévase, a contar del 1 de julio de 2004, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $75.219 a $78.050.".

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a afecto como Ley de la República.
     Santiago, 30 de junio de 2004.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- Ricardo Solari Saavedra, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.

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