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Leyes de la República
Actualidad Jurídica Base de Datos del Diario Oficial MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NUM. 19.868 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
"Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento, en la ciudad de Copiapó, en memoria del ex Presidente de la República don Salvador Allende Gossens. Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior. Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente. Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
Artículo 5º.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
Artículo 6º.- El monumento deberá erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones se destinarán a los objetivos que la comisión especial determine. Artículo 7º.- Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
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