
Leyes de la República
MINISTERIO DE HACIENDA LEY NUM. 19.599 AMPLIA Y PRORROGA BENEFICIO TRIBUTARIO EN FAVOR DE LA FUNDACIONTERESA DE LOS ANDES Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Ley: "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 46 de la Ley No. 18.899: 1) En el inciso segundo, sustitúyese la frase "se entere la cantidad máxima de $ 800.000.000 (ochocientos millones de pesos)", por "se entere en moneda nacional una cantidad de dinero que no exceda de 55.391,12 unidades de fomento", y 2) En el inciso final, sustitúyese la expresión "31 de diciembre de 1998", por "31 de diciembre de 2008".". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 30 de diciembre de 1998.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Manuel Marfán Lewis, Subsecretario de Hacienda.
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