Leyes de la República


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE HACIENDA

LEY Núm. 19.534
MODIFICA EL ARTICULO 42 DEL DL. No. 825, DE 1974, RELATIVO AL IMPUESTO ADICIONAL A LAS BEBIDAS ALCOHOLICAS

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1997




Ministerio de Hacienda
LEY N° 19.534
MODIFICA EL ARTICULO 42 DEL DL. No. 825, DE 1974, RELATIVO AL IMPUESTO ADICIONAL A LAS BEBIDAS ALCOHOLICAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 42 del decreto ley No. 825, de 1974:
1. Sustitúyese la letra a) por la siguiente:
a)Licores, pisco, aguardientes y destilados, incluyendo los vinos licorosos o aromatizados similares al vermouth, según la siguiente tabla:
Graduación
Alcohólica (Gay Lussac a 20° C) Tasa
menor o igual a 35° 27%
mayor a 35° y menor o igual a 36° 31%
mayor a 36° y menor o igual a 37° 35%
mayor a 37° y menor o igual a 38° 39%
mayor a 38° y menor o igual a 39° 43%
mayor a 39° 47%..
2. Suprímense las letras b) y f).
Artículo transitorio.- Lo dispuesto en el artículo único de esta ley regirá a partir del primero del mes siguiente de transcurridos tres años desde su publicación en el Diario Oficial.
Sin perjuicio de lo anterior, en dicho lapso la tasa de tributación que establece el artículo 42 del decreto ley No. 825, de 1974, en su letra f), será la siguiente:
a)Desde el primero del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial, y durante los doce meses siguientes, la tasa será de 65%.
b)A contar de la última fecha señalada en la letra anterior y durante los doce meses siguientes, la tasa será de 59%.
c)A contar del vencimiento del período señalado en la letra precedente y durante los doce meses siguientes, la tasa será de 53%..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 13 de noviembre de 1997.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Manuel Marfán Lewis, Subsecretario de Hacienda.