Leyes de la República


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD

LEY Núm. 19.427
CONDONA Y REGULARIZA PAGO DE SUMAS QUE INDICA

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1995




Ministerio de Salud
LEY N° 19.427
CONDONA Y REGULARIZA PAGO DE SUMAS QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Condónase la suma de $ 42.500 pagada en los meses de abril y mayo de 1995, a título de bonificación compensatoria, a los funcionarios del Ministerio de Salud y de sus organismos dependientes señalados en el artículo 15 del decreto ley No. 2.763, de 1979, que al día 01 de abril del presente año formaban parte de las respectivas plantas o se desempeñaban a contrata, en los grados 22, 23 y 24 de la planta de técnicos; 22, 23, 24 y 25 de la planta de administrativos; y 26, 27 y 28 de la planta de auxiliares.
Declárase que la condonación precedente basta para regularizar el pago antes indicado efectuado por el Ministerio de Salud y sus organismos dependientes señalados en el artículo 15 del decreto ley No. 2.763, de 1979..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 17 de noviembre de 1995.- CARLOS FIGUEROA SERRANO, Vicepresidente de la República.- Carlos Massad Abud, Ministro de Salud.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo para conocimiento.- Saluda a Ud., Dr. Fernando Muñoz Porras, Subsecretario de Salud.