Leyes de la República


MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARIA DEL INTERIOR

LEY Núm. 19.416
CONCEDE AMNISTIA QUE SEÑALA EN RELACION CON LO DISPUESTO EN ARTICULO 139 DE LA LEY No. 18.700

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1995




Ministerio del Interior
SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
LEY N° 19.416
CONCEDE AMNISTIA QUE SEÑALA EN RELACION CON LO DISPUESTO EN ARTICULO 139 DE LA LEY No. 18.700
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo Unico.- Concédese amnistía a todas las personas que, con ocasión de las Elecciones Municipales del día 28 de junio de 1992, hayan incurrido en infracción a lo dispuesto en el artículo 139 de la ley No. 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 25 de septiembre de 1995.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Marcelo Schilling Rodríguez, Subsecretario del Interior Subrogante.