MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
LEY Núm. 19.209
CONCEDE NUEVO PLAZO PARA EFECTOS DE LO DISPUESTO EN EL No. 4 DEL ARTICULO 2º DE LA LEY No. 19.123, QUE CREO LA CORPORACION NACIONAL DE REPARACION Y RECONCILIACION
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
DO 1993
Ministerio del Interior
SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
LEY N° 19.209
CONCEDE NUEVO PLAZO PARA EFECTOS DE LO DISPUESTO EN EL No. 4 DEL ARTICULO 2° DE LA LEY No. 19.123, QUE CREO LA CORPORACION NACIONAL DE REPARACION Y RECONCILIACION.
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo único.- Concédese nuevo plazo, hasta de sesenta días después de la publicación de la presente ley, para poner en conocimiento de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, los casos a que se refiere el No. 4 del artículo 2° de la ley No. 19.123. El plazo dentro del cual la Corporación deberá
resolver sobre ellos expirará el día 30 de octubre de 1993..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por lo tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 01 de abril de 1993.-
PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior,
Lo que transcribo a Ud. para su conomiento.- Saluda a Ud.-
Gonzalo D. Martner Fanta,Subsecretario del Interior, Subrogante.