Leyes de la República


MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION

LEY Núm. 19.125
MODIFICA ARTICULO 23 DEL DECRETO LEY No. 249, DE 1973

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1992



Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
LEY No. 19.125
MODIFICA ARTICULO 23 DEL DECRETO LEY No. 249, DE 1973
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo único.- Reemplázase el inciso segundo del artículo 23 del decreto ley No. 249, de 1973, por el siguiente:
Lo establecido en el inciso anterior no se aplicará a las empresas del Estado que negocien colectivamente...
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.-
Santiago, 31.01.92.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Marshall Rivera, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción Subrogante.- Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Hacienda Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Marshall Rivera, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.