Leyes de la República


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

LEY Núm. 19.115
MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY No. 33, DE 1979, QUE FIJA ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1992



Ministerio de Relaciones Exteriores
LEY N° 19.115
MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY No. 33, DE 1979, QUE FIJA ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Introdúcense al decreto con fuerza de ley No. 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, las modificaciones siguientes:
1.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 5° el guarismo 30 por 33;
2.- Reemplázase en el artículo 88, Planta del Servicio Exterior, letra A, presupuesto en moneda extranjera, 1a Categoría Exterior, el guarismo 60 por 77;
3.- Reemplázase en el artículo 88, Planta del Servicio Exterior, letra B, presupuesto en moneda nacional, en 1a la Categoría Exterior, el guarismo 7 por 16; en la 2a Categoría Exterior, el número 12 por 21; en la 3a Categoría Exterior, la cifra 16 por 24, y en la 4a Categoría Exterior, el número 18 por 24;
4.- Sustitúyese el artículo 45, por el siguiente:
Artículo 45.- Los funcionarios y sus familiares, cuando viajen por vía aérea, tendrán derecho a pasajes en clase económica. No obstante, a los funcionarios de 1a Categoría y a los de 2a Categoría Exterior que se desempeñen como Jefes de Misión, y a sus familiares, se les podrá otorgar pasaje aéreo en una clase superior a la económica, cuando circunstancias especiales, a juicio del Ministro, así lo justifiquen., y
5.- Derógase, a contar del 01 de enero de 1994, el artículo 92.
Artículo 2°.- Créanse en la Planta de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Planta B, presupuesto en moneda nacional, adecuada por el decreto con fuerza de ley No. 75, de 1990, del mismo Ministerio, los cargos siguientes:
PLANTA DIRECTIVOS Grado No. de
E.U.S. Cargos
Cargos de exclusiva confianza
Subdirector de Asuntos Jurídicos 4 1
Jefe de Gabinete
del Ministro 5 1
Jefe de Gabinete del
Subsecretario 5 1
PLANTA DE AUXILIARES
Auxiliares 19 1
Cuando este cargo se provea por la vía de la suplencia, esta medida no estará sujeta a la limitación cronológica que establece el inciso quinto del artículo 4° de la ley No. 18.834.
ARTICULOS TRANSITORIOS
Artículo 1°.- La primera provisión de los cargos de 2a, 3a y 4a Categoría Exterior a que se refiere el No. 3 del artículo 1° de esta ley, se hará por concurso público, siendo requisito para postular a este concurso el haber pertenecido a la Planta del Servicio Exterior por un plazo no inferior a seis años y cumplir los requisitos que exige la ley No. 18.834 para ingresar a la Administración del Estado.
Los funcionarios que sean nombrados en los cargos de carrera en la Planta del Servicio Exterior letra B, presupuesto en moneda nacional, a que alude el No. 3 del artículo 1° de esta ley, deberán cumplir una adscripción mínima de un año en el país, período en el cual el Servicio les exigirá la aprobación de cursos de actualización en la Academia Diplomática. Este período se contará desde la fecha de los respectivos nombramientos, como requisito previo para una destinación en el exterior.
Artículo 2°.- Los gastos que demande la aplicación de esta ley se financiarán, en 1991, con cargo a las economías que se produzcan en el Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores por efecto de la sustitución dispuesta en el No. 4 del artículo 1° y con reasignaciones presupuestarias, hechas en la forma dispuesta en el decreto ley No. 1.263, de 1975, y a partir de 1992 con los recursos que se contemplen en la Ley de Presupuestos.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 13 de enero de 1992.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Carlos Portales Cifuentes, Subsecretario de Relaciones Exteriores Subrogante.