MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
LEY Núm. 19.094
MODIFICA LEYES Nos. 17.288 Y 18.918
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
DO 1991
LEY N° 19.094
MODIFICA LEYES Nos. 17.288 Y 18.918
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1°.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 34 de la ley No. 17.288:
Igualmente, podrán efectuar préstamos o comodato al Congreso Nacional y a la Excma. Corte Suprema de Justicia, a petición de los Presidentes de la H. Cámara de Diputados, del H. Senado o de la Excma. Corte Suprema, en su caso..
Artículo 2°.- Intercálase en la ley No. 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, el siguiente artículo 55, pasando el actual artículo 55 a ser 56:
Artículo 55.- Declárase que los bienes muebles, adheridos o no, que alhajaban el edificio del Congreso Nacional ubicado en Santiago, en calle Compañía entre las calles Bandera y Morandé, que fuera declarado monumento histórico por decreto del Ministerio de Educación Pública No. 583, de 1976, pertenecen al Congreso Nacional...
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 05.11.91.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.