Leyes de la República


MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA

LEY Núm. 19.043
MODIFICA ARTICULOS 126 Y 6 TRANSITORIO DE LA LEY No. 18.892, GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1991



Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE PESCA LEY N° 19.043
MODIFICA ARTICULOS 126 Y 6 TRANSITORIO DE LA LEY No. 18.892, GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley
Artículo Unico.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley No. 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, modificada por las leyes No. 18.959, No. 18.977, No. 18.999 y No. 19.009:
1.- Reemplázase en el artículo No. 126 la expresión 31 de enero de 1991 por 30 de junio de 1991.
2.- Reemplázase la frase inicial del artículo 6 transitorio que dice Artículo 6.- Suspéndese el ingreso de nuevas solicitudes para realizar actividades pesqueras extractivas a la Subsecretaría de Pesca, de acuerdo... por la siguiente: Artículo 6.- Suspéndese el ingreso de nuevas solicitudes a la Subsecretaría de Pesca para realizar actividades pesqueras extractivas en pesquerías que estén en plena explotación, de acuerdo.....
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a afecto como Ley de la República.
Santiago, 28.01.91.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Carlos Ominami Pascual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Andrés Couve Rioseco, Subsecretario de Pesca.