MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
LEY Núm. 19.026
PRORROGA PLAZO PARA ESTABLECER FORMULAS TARIFARIAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO TRANSITORIO DE LA LEY No. 18.856
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
DO 1991
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
LEY N° 19.026
PRORROGA PLAZO PARA ESTABLECER FORMULAS TARIFARIAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO TRANSITORIO DE LA LEY No. 18.856
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo único.- Prorrógase, hasta el 30 de junio de 1991, el plazo para establecer fórmulas tarifarias a que se refiere el artículo único transitorio de la ley No. 18.856..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo: por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 27.12.90.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Carlos Ominami Pascual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jorge Marshall Rivera, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.