Leyes de la República


MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARIA DEL INTERIOR

LEY Núm. 19.001
MODIFICA FECHAS RELATIVAS A PROCESOS CALIFICATORIOS DE PERSONALES REGIDOS POR LEY No. 18.834 Y POR LEY No. 18.883

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1990



Ministerio del Interior
SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
LEY N° 19.001
MODIFICA FECHAS RELATIVAS A PROCESOS CALIFICATORIOS DE PERSONALES REGIDOS POR LEY No. 18.834 Y POR LEY No. 18.883
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- La primera calificación que deba hacerse conforme a las normas de la ley No. 18.834, sobre Estatuto Administrativo, tendrá lugar a contar del 01 de septiembre de 1991 y comprenderá el desempeño funcionario entre el 01 de septiembre de 1990 y el 01 de septiembre de 1991.
El escalafón contemplado en el artículo 46° de la ley No. 18.834 comenzará a regir el 01 de enero de 1992. Hasta que no entre en vigencia el referido escalafón, deberá constituirse un escalafón de antigüedad por cada una de las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la mencionada ley.
Artículo 2°.- La primera calificación que deba hacerse conforme a las normas de la ley No. 18.883, sobre Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales, tendrá lugar a contar del 01 de septiembre de 1991 y comprenderá el desempeño funcionario entre el 01 de septiembre de 1990 y el 01 de septiembre de 1991.
El escalafón contemplado en el artículo 49° del mencionado Estatuto comenzará a regir el 01 de enero de 1992. Hasta que no entre en vigencia el referido escalafón, deberá constituirse un escalafón de antigüedad por cada una de las plantas establecidas en el artículo 7° permanente de la ley No. 18.883.
Artículo 3°.- Deróganse, a contar del 01 de septiembre de 1990, el artículo 8° transitorio de la ley No. 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y el artículo 8° transitorio de la ley No. 18.883, sobre Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 28 de septiembre de 1990.- ENRIQUE KRAUSS RUSQUE, Vicepresidente de la República.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Gonzalo D. Martner Fanta, Subsecretario del Interior Subrogante.