MINISTERIO DE EDUCACION SUBSECRETARIA DE EDUCACION
LEY Núm. 18.988
EXCLUYE A LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES DE APLICACION DE PRECEPTOS LEGALES QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
DO 1990
Ministerio de Educación
LEY N° 18.988
EXCLUYE A LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES DE APLICACION DE PRECEPTOS LEGALES QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Artículo 1°.- No regirá respecto de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, lo establecido en el artículo 12° de la Ley No. 18.869.
Artículo 2°.- La limitación que establece el inciso tercero del artículo 4° de la Ley No. 18.834, será de un lapso no inferior a una semana, respecto de las suplencias de los funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Lo dispuesto en el inciso anterior regirá por el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de esta ley..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 09.07.90.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Raúl Allard Neumann, Subsecretario de Educación.